El pasado 1 de septiembre entró en vigor la subida del IVA

Se aprueban nuevos tipos y se modifican en algunos productos y actividades con tipo reducido.

A partir del 1 de septiembre se modifican los tipos a aplicar para el IVA que grava la mayor parte de productos o servicios. Estos son los nuevos tipos:

  • Tipo general: 21%  (antes 18%).
  • Tipo reducido: 10% (antes 8%)
  • Tipo superreducido: 4% (no se modifica)

Pero además se produce una reorganización del impuesto, lo que supone que determinados productos y actividades pasan de tipo reducido al general.

Dentro de estos cambios no hay ninguno que afecte ni a las actividades exentas, no sujetas o sujetas al tipo superreducido, excepto en parte del material escolar, que pasa del 4% al 21%.

Entre las actividades que sufren el cambio de tipo reducido (8%) al tipo general (21%) caben destacar:

  • Flores y plantas vivas de carácter ornamental.
  • Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor o derechohabientes o empresarios no revendedores con derecho a deducir.
  • Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos.
  • La entrada a teatros, espectáculos, conciertos, zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones cuando no estén exentos; circos, festejos taurinos, parques de atracciones y atracciones de feria.
  • Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte, relacionados con dichas prácticas y que no estén exentos.
  • Servicios funerarios efectuados por las empresas funerarias y cementerios.
  • Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.
  • Servicios de peluquería.
  • Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.

Adjuntamos una tabla resumen con los diferentes tipos de IVA a aplicar hasta el 31 de agosto y desde el 1 de septiembre de 2012.